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mayo  5, 2024

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Algunas precisiones sobre el Libro de Sueldos Digital AFIP

Por Julio M. Mirasson

“La Administración Federal de Ingresos Públicos está comunicando a los empleadores la obligación de declarar sus cargas sociales a través del sistema “Libro de Sueldos Digital” de ese organismo. (…) la Resolución General AFIP 3781/2015 oportunamente dispuso la obligación de los empleadores, que confeccionan el Libro de Sueldos del artículo 52 de la LCT, mediante el registro de hojas móviles de emitir las mismas mediante el sistema informático denominado “Libro de Sueldos Digital”, que permite a los empleadores que generan sus declaraciones juradas F. 931 por medio del sistema denominado “Declaración en línea”, unificar en aquel sistema el cumplimiento de la normativa laboral y de la Seguridad Social.”

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Términos mencionados en esta doctrina: sueldos, empleadores, sistema, resolución, obligación, organismo, mediante.

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